martes, 6 de diciembre de 2016

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martes, 30 de agosto de 2016

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Finalmente llegó el día esperado. A partir de hoy, oficialmente, en Chile son válidos los documentos apostillados.
En este mismo artículo está TODA la información que necesitan y en la sección de comentarios hay MUCHÍSIMAS dudas respondidas. Por favor, revisarlas antes de comentar.
Chile entrará al convenio de La Haya a partir de agosto - 30 - 2016
Chile procedió a depositar el pertinente Instrumento de Adhesión a la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros (“Convenio de la Apostilla”), aprobada por nuestro Congreso Nacional el 19 de junio de 2012, con lo que nuestro país pasa ahora a convertirse en el Estado Contratante 112 de este Convenio.
Con ello, y en función de los plazos estipulados en este mismo instrumento internacional, la apostilla entrará en vigor internacional para Chile el 30 de agosto de 2016, aunque solo respecto de aquellos Estados Parte que no hayan presentado una objeción a nuestra adhesión.
En esa misma fecha también cobrarán vigor tanto la Ley N° 20.711 (publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2014) que implementa la citada Convención, como el Decreto Supremo N° 81 (publicado en el Diario Oficial el 28 de noviembre de 2015) que aprueba el reglamento de esta ley.
En esencia, este sistema permitirá que se suprima la actual cadena de trámites que permiten legalizar un documento cuyo origen o destino sea un país en que se aplique la Convención de La Haya, reemplazándolos por un trámite único denominado “apostilla”.
En pocas palabras, a partir del 30 de agosto de 2016 se podrán traer a Chile los documentos apostillados por el Ministerio de Relaciones de Exteriores de COLOMBIA y estos tendrán validez legal (siempre y cuando COLOMBIA no presente ninguna objeción a la adhesión de Chile al convenio).
Esto, según mi interpretación, eliminaría el trámite que se hace en el Consulado de Chile en COLOMBIA y al llegar aquí a Chile en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Esperemos que se acerque el momento para que el Ministerio saque la información más detallada.

ACTUALIZACIÓN 30-08-2016
Finalmente llegó el día esperado. A partir de hoy, oficialmente, en Chile son válidos los documentos apostillados.
En este mismo artículo está TODA la información que necesitan y en la sección de comentarios hay MUCHÍSIMAS dudas respondidas. Por favor, revisarlas antes de comentar.

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sábado, 21 de mayo de 2016

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miércoles, 16 de marzo de 2016

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Apostilla
La apostilla de La Haya (o simplemente apostilla, también en francés: apostille) es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público.
Contenido
1 Convenio de La Haya
2 ¿En qué consiste?
3 ¿Para qué sirve?
4 Miembros de la Convención de la Haya
5 Documentos que se consideran públicos
6 Enlaces externos
Convenio de La Haya
Esta certificación proviene del Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, también conocida como la Convención de la Apostilla, firmado en La Haya, Países Bajos, que suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros. Entró en vigor el 24 de enero de 1965. La apostilla sólo tiene validez entre los países firmantes de este tratado, por lo que si el país donde se necesita utilizar el documento no pertenece a él, entonces será necesaria una legalización diplomática.
En qué consiste?
La Apostilla consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.
¿Para qué sirve?
Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero. En principio, se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, para disminuir así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.
Miembros de la Convención de la Haya
Actualmente existen 91 miembros de la Convención de la Apostilla: Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Belarus, Bélgica, Belice, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brunéi, Bulgaria, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, Republica Dominicana, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajistán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, Rumania, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Surinam, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania y Venezuela.
Documentos que se consideran públicos
Se consideran públicos:
a) los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del ministerio público, o de un secretario, oficial o agente judicial;
b) los documentos administrativos;
c) los documentos notariales y los emitidos por corredor público;
d) las certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como menciones de registro, comprobaciones sobre la certeza de una fecha y autenticaciones de firmas.
Sin embargo, la Convención no se aplica a los siguientes documentos:
a) los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares;
b) los documentos administrativos que se refieran directamente a una operación mercantil o aduanera.

jueves, 3 de marzo de 2016

TRADUCTOR CERTIFICADO OFICIAL MINISTERIO DE EDUCACION JUSTICIA Y RELACIONES EXTERIORES CALI

Quienes Somos

Somos especialistas en tramite de Apostilla, Legalizaciones y Traducciones Oficiales cumpliendo las normas legales vigentes, en el ámbito nacional e internacional, nuestra oficina esta en  CALI Colombia.

Le Garantizamos el correcto tramite de sus documentos, puntualidad y servicio personalizado brindándoles a nuestros clientes una atención integral, confiable y puntual.

Requisitos para comenzar el trámite de apostilla

Antes de apostillar un documento tenga en cuenta esta información

Para que apostille un documento, el país donde será presentado debe formar parte de la Convención de la Haya: Alemania, El Salvador, Kazajstán, República Checa, Andorra, Eslovaquia, Lesotho, Rumanía, Antigua Eslovenia, Letonia, Samoa, Argentina, España, Liberia, San Cristóbal, Armenia, Estados Unidos, Liechtenstei, San Marino, Australia, Estonia, Lituania ,San Vicente, Austria ,Rusia, Luxemburgo, Santa Lucía, Bahamas, Fidji, Macedonia, Seychelles, Croacia, Dominica, Malawi, Sudáfrica, Barbados, Finlandia, Malta, Suecia, Bélgica, Francia, México, Suiza, Belice, Granada, Mónaco, Surinam, Bielorrusia, Grecia, Namibia, Swazilandia, Bosnia, Hungría, Niue, Tonga, Botswana, Irlanda, Noruega, Trinidad y Tobago, Brunei Darussalam, Isla Marshall, Nueva Zelanda, Turquía, Bulgaria, Isla Mauricio, Países Bajos, Venezuela, China, Israel, Panamá, Yugoslavia, Chipre, Italia, Portugal, Granadinas, Colombia, Japón, Reino Unido, Irlanda, Barbuda, Nieves, Yugoslava, Erzegovina, Ecuador, Perú, Panama.

Si el país de destino NO ES PARTE de la Convención, el proceso que se usa es el de la Legalización.

El Ministerio de Relaciones Exteriores únicamente apostilla documentos expedidos por autoridades colombianas. Documentos expedidos en otro país no se apostillan en Colombia.

Los documentos a apostillar deben ser originales, con la firma de la autoridad competente previamente registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Un documento que ha sido apostillado no requiere de trámites ni legalizaciones posteriores para que sea válido en cualquiera de los países partes del Convenio de La Haya.

Si el país al cual se va a presentar el documento lo requiere, la traducción del documento original apostillado también se apostilla.

¿Que es la Apostilla?

La apostilla de La Haya (o simplemente apostilla) es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público, es certificado mediante la cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, avala la autenticidad de la firma y el titulo con que ha actuado el funcionario colombiano que suscribe un documento expedido en Colombia que va a surtir efectos legales en el exterior, ante un país parte de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961.

¿En qué consiste el trámite de Apostillar?

La Apostilla, consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente en Colombia

¿Para qué sirve la Apostilla?

Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero, en principio se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, Países Bajos, la cual suprime el requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (entrada en vigor el 24 de enero de 1965); disminuyendo así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.

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Tramitamos ante:
  • Ministerios De Relaciones Exteriores.
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  • Ministerio de Educación Nacional.
  • Secretaría de Educación de Bogotá.
  • Secretaría de Educación de Cundinamarca.
  • Registraduria Nacional.
  • Arquidiócesis de Bogotá.
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  • Superintendencia de Notariado y Registro.
  • Dirección Administrativa de la Carrera Judicial.
  • Junta Central de Contadores.
  • Consejo Nacional Profesional de Ingenieros.
  • Procuraduría General de la Nación.
  • Contraloría General de la Nación.
  • Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S.